El programa Kit Digital es una iniciativa del Gobierno para distribuir los fondos europeos en España. Su objetivo es impulsar la digitalización de pymes y autónomos mediante soluciones digitales. ¡Descubre en este artículo cómo solicitar tu Kit Digital!

¿En qué consiste el Programa Kit Digital?

El Programa Kit Digital facilita el acceso a soluciones de digitalización para pymes y autónomos mediante “bonos digitales” asignados según el segmento de la empresa.

Estas ayudas están destinadas a adoptar nuevas soluciones digitales o a mejorar las existentes, siempre que impliquen una mejora funcional. No se consideran mejoras los desarrollos sobre soluciones ya existentes, actualizaciones de versiones o nuevas versiones de una misma solución.

Algunas áreas en las que se puede invertir el bono digital incluyen: sitio web y presencia en internet, comercio electrónico, gestión de redes sociales, marketplaces y ciberseguridad, entre otras.

Las soluciones serán implementadas por los agentes digitalizadores adheridos al programa, disponibles en Acelerapyme.

Últimas Novedades del Programa Kit Digital

1.000 euros más y de carácter retroactivo

Las empresas del Segmento III (0 a menos de 3 empleados) pueden obtener un bono de 3.000 euros para su digitalización, un aumento de 1.000 euros respecto a la ayuda anterior. Este aumento es retroactivo, por lo que las empresas que ya hayan solicitado o consumido su bono pueden pedir estos 1.000 euros adicionales. Esto garantiza igualdad de trato, no discriminación y transparencia.

Nueva categoría: Puesto de Trabajo Seguro

Se ha añadido la solución “Puesto de Trabajo Seguro” para las empresas del Segmento III, permitiendo la adquisición de hardware con características de ciberseguridad y encriptado. La cuantía máxima subvencionable para esta solución es de 1.000 euros, incluyendo ordenadores portátiles y de sobremesa nuevos.

¿A quién va destinado el Kit Digital?

Estos fondos están dirigidos a pequeñas empresas, microempresas y autónomos de cualquier sector o tipo de negocio.

Segmento I

Es para pequeñas empresas entre 10 y menos de 50 empleados. El importe máximo del bono es de 12.000 euros.

Segmento II

Los beneficiaros son pequeñas empresas o microempresas entre 3 y menos de 10 empleados.

El importe máximo del bono que pueden conseguir es de 6.000 euros.

Segmento III

Este segmento se enfoca en pequeñas empresas o microempresas de entre 0 y menos de 3 empleados.

El bono era de 2.000 euros. Con las últimas novedades, esta cuantía se amplía en 1.000 euros. Por ello, el bono ascendería a 3.000 euros.

Segmento IV

Este segmento es para empresas de entre 50 y menos de 100 empleados. El bono será de 25.000 euros. No está abierta aún la convocatoria.

Segmento V

Este segmento aplica a empresas de entre 100 y menos de 250 empleados. Y la ayuda digital será de 29.000 euros. No está abierta aún la convocatoria.

 

¿Qué requisitos hay que cumplir?

Las empresa o autónomos interesados en solicitar la ayuda del Kit Digital tienen que cumplir con la Ley General de Subvenciones y disponer de la evaluación de Madurez Digital. Esta evaluación es obligatoria para acceder a la ayuda del Kit Digital.

Además, los autónomos y pymes interesados en solicitar el Kit Digital deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener su domicilio fiscal en territorio español y estar en situación de actividad.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No tener la consideración de empresa en crisis ni haber solicitado la declaración de concurso voluntario, ser insolvente o estar bajo intervención judicial.
  • No haber sido declarado culpable en algún contrato celebrado con la Administración.
  • No hacer sido condenado mediante sentencia firma a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.
  • No estar sujeto a orden de recuperación pendiente tras decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado ilegal o incompatible una ayuda.
  • No superar el límite de ayudas mínimo (300.000 euros en tres ejercicios fiscales. Esta cifra cambió con la publicación de las nuevas bases, tras la ley que entró en vigor el 1 de enero).
  • Estar inscritos en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente.
  • Tener una antigüedad mínima de 6 meses.

 

¿Cómo solicitar las ayudas del Kit Digital?

Apertura de convocatoria

Actualmente están abiertas todas las convocatorias para los diferentes segmentos excepto para medianas empresas (segmento IV y V). Estas deben esperar hasta que se abra la convocatoria, la cual se prevé en el último trimestre del año 2024.

Desde el 14 de junio de 2024 está abierta la convocatoria para el segmento III para solicitar los 1.000 euros extras comentados anteriormente.

Antes de solicitar el bono, infórmate con nosotros sobre el modo más fácil y rápido de hacerlo.

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